¿Cuáles son los efectos del concurso culpable?

El concurso culpable tiene dos causas principales, que son la agravación o provocación del estado de insolvencia, o la obstaculización en el desarrollo del concurso. En ambos casos la consecuencia son perjuicios a los acreedores y, claro está, al sistema económico jurídico.

Un concurso calificado culpable por provocación o agravación del estado de insolvencia imposibilita el pago a los acreedores, debido a la inexistencia o insuficiencia de liquidez y patrimonio.

En el segundo de los casos, si un acreedor pone obstáculos al pago de la deuda de forma consciente, genera un alargamiento del procedimiento concursal y evita la satisfacción de los acreedores, por lo que se presume la culpabilidad. En ambos casos la Ley Concursal dispone los efectos civiles de inhabilitación y pérdida de cualquier derecho como acreedores concursales o de la masa.

Después de la calificación de culpable, el Juez dará lugar a alegaciones y defensa por un plazo de diez días. Si se reafirma la culpabilidad se determina la condena en costas o no, según haya sido estimado de manera total o parcial por el administrador y el Ministerio Fiscal.

Asimismo, la sentencia que condene como culpable incluye a los cómplices que no tuvieran la condición de acreedores. También ellos deberán responder por los daños y perjuicios ocasionados. En el caso de los Administradores, se les suma la sanción de devolver los bienes o derechos obtenidos del patrimonio del deudor.

Cuando la fase de calificación se reabre tras el inicio de la liquidación, el juez tiene la facultad de condenar a todos aquellos que se consideren partícipes y cuyas conductas hayan colaborado con la culpabilidad. Se impone una sanción para afrontar responsabilidades sociales. El Juez analiza el caso y gradúa las sanciones correspondientes según participación, para administradores, socios, liquidadores, apoderados, etc.

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